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La Comunidad de Madrid refuerza la protección y bienestar de los animales de compañía

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  • El reglamento se ha consensuado con municipios, entidades de protección animal, veterinarios, académicos y expertos

  • Desarrolla cuestiones como las condiciones de venta de animales de compañía para luchar contra su tráfico ilícito

La Comunidad de Madrid refuerza su compromiso con la protección y bienestar de los animales de compañía mediante el Reglamento por el que desarrolla la Ley 4/2016 de Protección de los Animales de Compañía, que está en su fase final de tramitación y cuyo texto final se ha terminado de perfilar en la reunión del Consejo de Protección y Bienestar Animal celebrada hoy en la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

El trabajo se ha realizado con la colaboración del Consejo de Protección y Bienestar Animal de la Comunidad de Madrid, un órgano de consulta y participación integrado por sociedades protectoras, profesionales veterinarios, municipios y expertos en protección animal. El borrador del decreto ha sido aprobado por el Consejo de Protección y Bienestar Animal y continúa su proceso, con los últimos informes preceptivos previos a su aprobación como decreto por el Consejo de Gobierno.

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Puntos clave del reglamento

Se reconoce como centro de acogida a las casas de acogida, pudiendo alojar animales perdidos, abandonados y vagabundos. Establece además como obligatoria la vacunación frente a la rabia en perros y la recomienda en gatos y hurones, y la identificación de todos los animales de compañía mediante microchip. En aves se establece como método de identificación el anillado.

Desarrolla la tenencia de animales de compañía en un mismo domicilio, estableciendo quiénes pueden ser propietarios dada la responsabilidad que conlleva su cuidado; recoge el seguro de responsabilidad civil y el régimen de acceso de los animales de compañía a establecimientos e instalaciones y medios de transporte; regula el horario en parques y jardines durante el cual los perros pueden estar sueltos.

El reglamento regula el Registro de Identificación Animales de Compañía, el de los Centros de Animales de Compañía, el reconocimiento de los veterinarios colaboradores y establece las condiciones que deben tener los centros de animales de compañía. También delimita las condiciones de venta para luchar contra su tráfico ilícito y proteger a quienes sostienen negocios lícitos y perseguir los ilegales.

Igualmente, desarrolla las obligaciones para que las entidades de defensa de los animales puedan ser declaradas entidades colaboradoras y los requisitos de formación de quienes trabajan con animales de compañía, así como el papel de los voluntarios. También desarrolla las condiciones para la creación y mantenimiento de colonias felinas controladas.

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