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Esta medida se extiende a dispositivos de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas y dispositivos similares tanto en interior como en exterior de establecimientos públicos
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Los establecimientos deberán dar los accesorios como boquillas y mangueras a cada miembro, siendo de uso individual y único
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Los fumadores deberán respetar las medidas de distanciamiento social
La Comunidad de Madrid ha hecho público en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) las nuevas medidas para hacer frente a la pandemia del COVID-19. Entre el uso obligatorio de las mascarillas y el límite de horario y aforo en los locales de restauración queda prohibido “el uso compartido de dispositivos de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados”.
Esta medida de prohibición se hace en establecimientos, tanto en el exterior como en el interior, abiertos al público. Además, los accesorios como boquillas y mangueras serán de un solo uso individualizado y deben entregarse al consumidor en su embalaje original y desecharse tras su utilización.
Además, en el BOCM se ha hecho público que “las personas consumidoras respetarán las medidas de distanciamiento durante el acto de fumar”.