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La Comunidad habilita a las Policías Locales para asegurar que se cumpla con las órdenes sanitarias regionales

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  • Podrán solicitar colaboración a otros servicios municipales  y regionales, especialmente voluntarios de Protección Civil

  • Las órdenes sanitarias afectan a 850.000 madrileños de  seis distritos de la capital y siete municipios de la región

La Comunidad de Madrid ha publicado hoy en el  Boletín Oficial autonómico -BOCM- la Orden que establece medidas de coordinación de las Policías Locales de los municipios afectados por las  restricciones de movilidad fijadas por la autoridad sanitaria. Esta atribuye a estos cuerpos las funciones de control y vigilancia del cumplimiento de dichas normas.  

Con la Orden de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, que entra en vigor  hoy, el Ejecutivo regional pretende reforzar el cumplimiento de las órdenes  sanitarias para hacer frente a la actual crisis sanitaria, y, por tanto, la aplicación de las medidas  excepcionales y temporales por razón de salud pública que afectan a 37 áreas  sanitarias.

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Zonas confinadas

De este modo, los agentes de Policía Local asumen la función de inspección y  vigilancia para el cumplimiento de las medidas sanitarias en seis distritos de la capital (Carabanchel, Usera, Villaverde, Puente de Vallecas, Villa de Vallecas y Ciudad Lineal) y de siete municipios de la región (Fuenlabrada, Humanes, Moraleja de Enmedio, Parla, Getafe, San Sebastián de los Reyes y Alcobendas). Asimismo, la Orden atribuye a las Policías Locales la ejecución de las medidas  cautelares y provisionales que se deban tomar por necesidad y urgencia para  evitar acciones que repercutan en la salud pública y la seguridad ciudadana.  

También se faculta a los responsables de las Policías Locales a solicitar la  colaboración de otros servicios de sus ayuntamientos o de la Comunidad  Autónoma, especialmente voluntarios de Protección Civil, siempre dentro del  marco establecido por las medidas temporales y excepcionales adoptadas con  motivo del COVID-19.

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