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La Junta ha limitado la presencia de apoderados a uno, por cada cinco mesas electorales
La Junta Electoral Provincial de Madrid ha comunicado hoy su decisión respecto al número de apoderados en las Mesas Electorales. Tal y como ha argumentado, al no existir un acuerdo previo en este sentido, debido a la excepcional situación de pandemia, la Junta ha consultado la decisión con los representantes de las Candidaturas y en conformidad con el acuerdo de la JEC de 68/2021 de 28-01-2021 y las directrices sanitarias incluidas en el Manual de Instrucciones para las personas que integran dichas mesas.
Teniendo en cuenta la argumentación anterior, la Junta ha indicado por un lado en relación a los interventores electorales, “si bien las formaciones políticas tienen derecho a nombrar a dos personas por cada mesa electoral, conforme establece el artículo 78 de la LOREG, esta Junta recomienda que durante las votaciones únicamente asista uno de ellos en cada momento a la mesa, pudiendo sustituirse a lo largo de la jornada”.
Por otro lado, ha indicado respecto a los apoderados, “la situación de pandemia lleva a que esta Junta establezca un límite máximo de un apoderado por cada cinco mesas electorales durante la jornada de votación, y en lo que se refiere al escrutinio en las mesas electorales, únicamente podrá asistir un apoderado por cada formación política”.