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La Comunidad de Madrid actualiza la Orden tras la retirada de las mascarillas

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  • Se mantiene en los centros sanitarios con excepción de los pacientes que se encuentren ingresados mientras estén en sus habitaciones

  • En los centros sociosanitarios solo es obligatoria para trabajadores y visitantes en zonas comunes

  • Por otro lado, se aconseja su uso en las estaciones y andenes de los transportes públicos en caso de aglomeración

  • Recomienda, también, su uso a la población vulnerable

La Comunidad de Madrid ha actualizado la Orden que recoge las indicaciones sobre el uso de las mascarillas contra el COVID-19 tras que el Gobierno central aprobase el Real Decreto sobre su retirada general. Esta nueva normativa entrará en vigor el 25 de abril, tras su publicación en el Boletín Oficial Regional (BOCM).

En ella se recoge la recomendación de que las personas vulnerables continúen con su uso, como mayores de 60 años, inmunodeprimidos y embarazadas. Además, se añade que no será exigible su utilización a personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria, por su situación de discapacidad o dependencia, que no dispongan de autonomía para quitársela o presenten alteraciones de conducta que lo hagan inviable.

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Por otro lado, han indicado que tampoco será exigible en el caso de que resulte incompatible por la naturaleza de las actividades que se estén desarrollando, “con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias“.

La obligatoriedad de su uso

Tal y como se establece en la normativa nacional, el uso de las mascarillas es obligatorio en los centros sanitarios pero se mantiene al margen a los pacientes que se encuentren ingresados y estén en sus habitaciones. También en los centros sociosanitarios los residentes están exentos de llevarlas, siendo obligatorias para los trabajadores y visitantes que se encuentren en las zonas compartidas.

Las mascarillas también son de uso obligatorio en el transporte público salvo en los andenes y estaciones. Su uso en estas zonas es aconsejable por la Comunidad de Madrid en caso de aglomeraciones.

En cuanto a los centros de trabajo, los responsables de prevención de riesgos laborales podrán determinar las medidas preventivas adecuadas que deban implantarse, incluido el posible uso de las mascarillas.

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