RELIGIÓN

El Vaticano prorroga a todo noviembre la indulgencia plenaria para los fallecidos, debido a la pandemia

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El Vaticano publicó el pasado día 23 un decreto bajo la denominación: “Decreto de la Penitenciaría Apostólica sobre las indulgencias plenarias para los fieles difuntos en la actual situación de pandemia” en el que se indicaba que “este año, en las circunstancias actuales debidas a la pandemia de “covid-19”, las indulgencias plenarias para los fieles fallecidos se prorrogarán durante todo el mes de noviembre, con la adecuación de las obras y condiciones para garantizar la seguridad de los fieles”.

La justificación de la medida se apoya en que la Penitenciaría Apostólica ha recibido muchas peticiones de “los sagrados pastores solicitando que este año, a causa de la epidemia de “covid-19”, se conmutaran las obras piadosas para obtener las indulgencias plenarias aplicables a las almas del purgatorio”. Por ello, la Penitenciaría Apostólica, por mandato especial de Su Santidad el Papa Francisco, “establece de muy buen grado y decide que este año, para evitar las aglomeraciones donde están prohibidas:

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a.- La indulgencia plenaria para los que visiten un cementerio y recen por los difuntos aunque sólo sea mentalmente, establecida por regla general sólo en días concretos del 1 al 8 de noviembre, podrá ser trasladada a otros días del mismo mes hasta que acabe. Estos días, elegidos libremente por los fieles, también pueden ser independientes entre sí.

 b- la indulgencia plenaria del 2 de noviembre, establecida con ocasión de la conmemoración de Todos los Fieles Difuntos para los que visiten piadosamente una iglesia u oratorio y reciten allí el “Padre Nuestro” y el “Credo”, puede ser transferida no sólo al domingo anterior o posterior o al día de la solemnidad de Todos los Santos, sino también a otro día del mes de noviembre, libremente elegido por cada uno de los fieles”.

Ancianos y enfermos

Se señala además que “los ancianos, los enfermos y todos aquellos que por motivos graves no puedan salir de casa, por ejemplo a causa de las restricciones impuestas por la autoridad competente para el tiempo de la pandemia, con el fin de evitar que numerosos fieles se aglomeren en los lugares sagrados, podrán obtener la indulgencia plenaria siempre que se unan espiritualmente a todos los demás fieles, completamente desapegados del pecado y con la intención de cumplir cuanto antes las tres condiciones habituales (confesión sacramental, comunión eucarística y oración según las intenciones del Santo Padre), ante una imagen de Jesús o de la Santísima Virgen María, recen oraciones piadosas por los difuntos, por ejemplo, laudes y vísperas del Oficio de Difuntos, el rosario mariano, la corona de la Divina Misericordia, otras oraciones por los difuntos más apreciadas por los fieles, o se dediquen a la lectura meditada de alguno de los pasajes del Evangelio propuestos por la liturgia de los difuntos, o realicen una obra de misericordia ofreciendo a Dios los dolores y las dificultades de su propia vida”.

Para facilitar la obtención de la gracia divina por medio de la caridad pastoral, la citada Penitenciaría “ruega encarecidamente a todos los sacerdotes con facultades adecuadas que se ofrezcan con particular generosidad a la celebración del sacramento de la Penitencia y administren la santa comunión a los enfermos”.

El decreto será válido durante todo el mes de noviembre.

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