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Los madrileños se podrán mover por la Comunidad menos la población de las áreas de salud a las cuales la Comunidad restringió la movilidad el pasado 21 de septiembre
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Los cuerpos de seguridad solo podrán multar, hasta la llegada de nuevas medidas, en las áreas básicas de salud anteriormente limitadas
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El horario de hotelería continúa siendo el mismo en las zonas con limitaciones de movilidad, la capital y los municipios señalados por el Ministro de Sanidad cuando anunció las nuevas medidas
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El número de personas para las reuniones continúa siendo de seis como máximo
Tras el auto dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el que no se apoyan las medidas dictadas por el Ministerio de Sanidad, son muchas las dudas que le surgen a la población sobre qué se puede hacer y qué cosas no.
Que el TSJ no apruebe la orden significa que las restricciones de movilidad quedan anuladas en el momento en el que se publica el auto de los magistrados, aunque la situación podría volver a ser la misma tras la reunión que mantenga el Gobierno de España y el de la Comunidad de Madrid para establecer nuevas medidas o la declaración del Estado de Alarma en la Comunidad durante, al menos, 15 días.
Por ello, hasta el momento en el que se hagan públicas nuevas medidas consensuadas entre ambos gobiernos, la población de la Comunidad de Madrid podrán salir de sus localidades siempre y cuando no residan en las zonas confinadas anteriormente por la Comunidad, las zonas básicas de salud a las que restringieron los movimientos el pasado 21 de septiembre por tener más de 1.000 casos por cada 100.000 habitantes. A pesar de esta decisión, la Comunidad continúa insistiendo a los madrileños en no realizar movimientos que no sean necesarios para evitar la propagación y el contagio del virus.
No se puede multar
Hasta el momento, la Policía Municipal, Local y la Guardia Civil solo han llevado a cabo labores informativas y propuestas de sanciones pendientes de la ratificación judicial que ya ha sido rechazada. Por ello, los cuerpos de seguridad, ahora, solo podrán multar en aquellas zonas en las que las limitaciones anteriores dictaminadas por la Comunidad sigan vigentes.
Por otro lado, los turistas podrán seguir yendo a la Comunidad de Madrid ya que Atocha y el aeropuerto de Barajas no han cerrado sus puertas. La diferencia con la que se encuentran es que no podrán hacer noche en la zona centro de Madrid ya que ahora mismo está prohibido.
Horarios de hostelería
Las medidas dictadas para bares y restaurantes continúan siendo las mismas que dictaminó el Ministerio de Sanidad porque el TSJ entiende que estas no afectan a los derechos y libertades de los ciudadanos. Por lo tanto, estos negocios continuarán con el horario de cierre a las 23:00 y no podrán admitir más clientes a partir de las 22:00 ni servir en barra en la capital y en los otros municipios madrileños señalados por el Ministro de Sanidad.
En otro sentido, el aforo de los comercios al 50% queda anulado menos en las zonas básicas de salud que fueron restringidas por la Comunidad. En los bares y restaurantes pasaría lo mismo, podrán cerrar más allá de las 23:00 y consumir en barra.
El número máximo de personas que podrán reunirse continúa siendo el mismo, seis personas. Esto se debe que dicha medida ya estaba implantada antes de las nuevas órdenes dictadas por Illa.