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El PP de Leganés reprocha al gobierno local y a los partidos de izquierda su negativa a bonificar el 95% del impuesto de plusvalía

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  • Los populares alegaron para lograr esa bonificación en el citado impuesto de la vivienda para las herencias de hijos, padres y cónyuges

  • RECUENCO: “Una vez más el alcalde socialista, Santiago Llorente, ha desperdiciado una ocasión de ayudar a todos los leganenses”

El PP de Leganés ha reprochado a PSOE, Ciudadanos, Leganemos y Podemos que rechazaran ayer en el pleno municipal las alegaciones del Grupo Popular para bonificar en un 95% el impuesto de plusvalía de una vivienda tras el fallecimiento del propietario, con independencia del valor del inmueble, cuando hereden padres, hijos o cónyuges.

Miguel Ángel Recuenco Checa, portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular de Leganés y candidato a la alcaldía en las próximas elecciones, manifestó que “el alcalde socialista Santiago Llorente, sus socios de gobierno -los ‘supuestos’ liberales de Ciudadanos- y la extrema izquierda (sus también socios de Leganemos-Más Madrid más Podemos) han rechazado la propuesta del Partido Popular de prácticamente eliminar el impuesto de la plusvalía, una medida que beneficiaría a padres, hijos y cónyuges de todas las clases sociales del municipio”.

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“Es lamentable que al gobierno de la ciudad le den lo mismo las dificultades económicas que puedan estar pasando nuestros vecinos. Una vez más el alcalde socialista, Santiago Llorente, ha desperdiciado una ocasión de ayudar a todos los leganenses. Esta situación injusta cambiará cuando el Partido Popular esté al frente del gobierno de Leganés.”, ha señalado Recuenco.

Bonificaciones

Las bonificaciones actuales establecen un sistema para optar a ellas que ciertamente supone una burla a los ciudadanos, ya que contemplan una reducción del 95% pero para valores catastrales inferiores a 30.000€, del 75% para valores entre 30.000€ y 50.000€, del 50% para valores desde 50.000 a 70.000€, y por último, del 15% para valores superiores a 70.000€. ¿Cuántos vecinos podrían beneficiarse de estas bonificaciones irrisorias según los actuales valores catastrales de sus viviendas?

Por si esto fuera poco, en el apartado que se refiere a las transmisiones ‘mortis causa’, dice: “Tratándose de la vivienda habitual, el adquiriente debe haber convivido con el causante los dos años anteriores al fallecimiento y continuar empadronado en dicha vivienda y no transmitirla durante los cuatro años siguientes a la concesión de la bonificación, salvo que falleciese dentro de ese plazo”. ¿Cuántos herederos viven con sus padres 2 años antes de que éstos fallezcan, siguen empadronados en casa de estos, y continúan viviendo cuatro años después en el domicilio que fue de sus padres? Son unas condiciones torticeras de imposible cumplimiento.

 

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