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EL Tribunal Superior de Justicia de Madrid ratifica las medidas sanitarias del gobierno regional

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  • Anula el auto del juzgado, declara innecesaria la autorización judicial

Los magistrados que integran la Sala de Vacaciones del Tribunal han anulado el citado auto y han declarado innecesaria la autorización o ratificación judicial de las nuevas medidas adoptadas en la orden del 18 de agosto en lo que respecta a la recomendación a la población de reducir los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable, por tratarse de una recomendación y no de una medida de carácter imperativo.

También respecto de la solicitud de facilitar los datos identificativos a los asistentes a un evento y la conservación de los mismos por si fuera requerida en la investigación de un brote epidémico.

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Cada comunidad autónoma podrá acordar acciones preventivas

También, ratifican las medidas sanitarias sobre la realización de pruebas PCR para la detección de la COVID a todos los nuevos ingresados con 72 horas de antelación, como máximo, a la fecha del ingreso.

La resolución recuerda que “las autoridades sanitarias de cada comunidad autónoma pueden acordar acciones preventivas generales y adoptar las medidas y limitaciones sanitarias que consideren oportunas cuando concurren razones sanitarias de urgencia o necesidad o para controlar enfermedades transmisibles, siempre que queden justificadas y se acomoden –principio de proporcionalidad-, al fin último de prevención y control de la salud individual y colectiva”.

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