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El Alto Tribunal ha confirmado que “el alcalde vulneró el artículo 23 de la Constitución Española y se comportó de manera arbitraria y discriminatoria con los ediles de la Oposición, vetando sus iniciativas y convocando Plenos a medida”
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ULEG exige mediante moción que se debatirá en el pleno de este jueves si Llorente debe asumir las responsabilidades políticas y que el PSOE tome cartas en el asunto
La sala de lo contencioso administrativo, sección cuarta, del Tribunal Supremo en la sentencia 756/2022 de 15 de junio de 2022 ratifica la vulneración de los derechos fundamentales de la oposición, encarnada en el portavoz del principal partido de la misma, Unión por Leganés-ULEG, que ha impulsado este proceso judicial, “confirmando que el alcalde, Santiago Llorente, incumplió el artículo 23 de la Constitución Española y que se conculcaron los derechos más básicos de los concejales“.
En un duro fallo, la sentencia del TSJ, que ahora ratifica el Tribunal Supremo, “condenó en costas al Consistorio de Leganés y reprochó severamente al alcalde su actuación“. Esta resolución “se suma a otra condena ya firme del TSJ de Madrid al alcalde Llorente en el pasado mandato por similares actuaciones contra ULEG, la de no facilitar información o entregarla tarde, censurar iniciativas políticas, informes amañados…“.
Moción de ULEG en el Pleno
“Esta tónica dictatorial del alcalde, que cuenta con la complicidad de otros grupos políticos del consistorio, exige una respuesta firme, contundente e inmediata de la sociedad leganense y del PSOE nacional. Está muy bien hacer campaña en defensa de la sanidad y salud pública, pero resulta hipócrita cuando no defiendes lo más básico: los derechos fundamentales, que violas reiteradamente”, señala el partido vecinal.
Ante todo ello, ULEG llevará al Pleno de esta tarde una moción a debatir para que “las costas ocasionadas por el proceder del alcalde y por el que ha sido sentenciado, sean abonadas a cargo de su patrimonio y no de las arcas municipales“.