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Nuevo equipo directivo en el C.E.I.P. Gonzalo de Berceo

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  • “Leganemos apoya a la Comunidad escolar del C.E.I.P. Gonzalo de Berceo ante esta sustitución que supone un serio revés para el proyecto educativo del centro”.

Leganemos ha denunciado en un comunicado el cambio de equipo directivo por parte de la Delegación de Área Territorial Sur de la CAM en el C.E.I.P. Gonzalo de Berceo, cambio que se ha producido sin contar con la opinión de la comunidad educativa, lo que resulta “nuevo ataque a la democracia interna de los centros y a la participación de la comunidad ya que se les ha negado el derecho a decidir y participar en estas decisiones”.

Por su parte, cierran el comunicado exigiendo al Consejero de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid, Rafael van Grieken Salvador, que dé marcha atrás a estas medidas y respete los cauces democráticos de toma de decisiones.

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AÑADIDO 13/07/2016

La Comunidad de Madrid aplica la normativa vigente para la selección de directores

La Comunidad de Madrid ha llevado a cabo el proceso de selección de directores de colegios e Institutos de cara al próximo curso escolar de acuerdo con la normativa vigente. El procedimiento de selección de directores, que se aplica en la Comunidad de Madrid como en el resto de España, se basa en la Ley Educativa (LOE –LOMCE) y se desarrolla a través de un proceso selectivo, público y transparente, en el que participan funcionarios docentes que evalúan los proyectos de dirección con plena autonomía e independencia.

Esta convocatoria pública consta de dos fases: una valoración objetiva de méritos del candidato  y una valoración del proyecto de dirección presentado por cada aspirante.

El proyecto de dirección que presentan los aspirantes a director es evaluado por una comisión de selección autónoma e independiente que está compuesta por cinco miembros: 3 funcionarios designados por la Administración educativa (un inspector educativo, un director de otro centro y un funcionario docente) y dos representantes de la comunidad educativa del propio centro (uno elegido por el Claustro de profesores y otro por el Consejo Escolar). En estas comisiones no participan cargos de la Consejería sino funcionarios docentes y representantes de la comunidad educativa del propio centro.

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