-
ULEG denuncia que “la Intervención deja patente que en ambos expedientes estamos ante una contratación verbal”
-
Ambos expedientes contaban con informes “desfavorables” por parte de la Intervención del Ayuntamiento
LEGANEWS ha tenido acceso a la denuncia presentada por Unión por Leganés-ULEG respecto a la aprobación en el Pleno del 30 de diciembre de los pagos de dos facturas cuyos expedientes contenían informes que habían sido calificados como “desfavorables” por parte de la Intervención del Ayuntamiento. En dicha demanda se pueden observar cinco hechos.
El primero de ellos corresponde al “quebranto a los fondos públicos del municipio de Leganés y la consiguiente responsabilidad contable, entre otras responsabilidades, que ha supuesto el gasto en dos reconocimientos extrajudiciales de crédito”. El primero ha sido identificado como “reconocimiento extrajudicial de crédito por el servicio de docencia de la acción formativa-Jornadas de Motosierra” con un importe de 1.602,48 euros. El segundo corresponde al “reconocimiento extrajudicial de crédito por el servicio de docencia de las acciones formativas: Técnico de emergencias químicas e intervención con mercancías peligrosas” por el importe de 28.170 euros.
El segundo hecho marcado es la aprobación en el Pleno de dichos pagos que figuraban en la orden del día como puntos 2 y 3. Una aprobación que vino de mano de 11 ediles, los nueve que conforman el PSOE y dos de Más Madrid-Leganemos, tal y como señala el hecho tercero de la demanda. Pero estos expedientes contaban con “sendos informes desfavorables de la Intervención General del Ayuntamiento” como se añade en el cuarto punto.
“Una contratación verbal”
El último de los hechos recogidos señala que “la Intervención deja patente que en ambos expedientes estamos ante una contratación verbal”, algo que está prohibido en la administración pública por la Ley de Contratos del Sector Público.
Por ello, Unión Por Leganés solicita al Tribunal de Cuentas que “lleve a cabo el procedimiento que corresponda por el menoscabo en los intereses económicos del propio Ayuntamiento. Y de confirmarse responsabilidades (contables y/o de gestión) se adopten por el Tribunal las medidas correspondientes para que a los responsables se les reclame el importe del alcance al objeto de que sea reparado el perjuicio ocasionado”.